30.346 — CNFed., sala II civil y com., mayo 31-977. — Gobierno Nacional c. Crédito Austral Buenos Aires. 3ra Parte
Por lo demás, no encuentro demasiado acertada la afirmación de que el interés público debe prevalecer sobre el interés particular expuesta como modo de otorgar preferencias patrimoniales cuando se trata de resolver cuestiones económicas que están legalmente reglamentadas. Porque me parece indudable.